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PROPUESTA AL PLENO DEL EXCMO AYUNTAMIENTO DE MÉRIDA.


PROPUESTA A LA MESA DEL CONGRESO Y EL SENADO PARA LA MODIFICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADOPTADO PARA LA  REFORMA DEL ARTÍCULO 135 DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA.

D: Álvaro Vázquez Pinheiro, como portavoz del Grupo Mixto Izquierda IU-SIex ante el Pleno deL Ayuntamiento de Mérida.


EXPONE

El pasado 2 de septiembre el Congreso de los Diputados aprobaba una reforma del art. 135 de la Constitución, en cumplimiento del primer trámite que consigna el procedimiento de reforma constitucional contemplado en el artículo 167, título X de la CE de 1978. El texto de la reforma  que se pretende aprobar “grosso modo”  implica la aceptación de un techo del para el déficit de las distintas administraciones territoriales de nuestro país, que expresará mediante ley orgánica posterior.

La inclusión en el texto de nuestra Norma Fundamental de una limitación sobre el techo de déficit y la regulación constitucional del régimen jurídico para la emisión de la deuda en términos de restrictivos supone un transformación sustancial del modelo de Estado que regula la propia constitución, y del marco de relaciones que venga a determinar los vínculos entre el Estado y la sociedad civil.

La naturaleza de la constitución reside en su carácter como “norma de las normas” de nuestro ordenamiento jurídico, y por tanto como instrumento de vertebración para la reproducción del ordenamiento, la afirmación de los valores y principios del nuestro sistema político y la ordenación de las instituciones esenciales del Estado, sin entrar a determinar los resultados de la acción de las instituciones, ni las fórmulas ideológicas que deben asumir los actores que forman parte de las instituciones.

La aprobación del texto de la reforma propuesta supone la imposición del dogma neoliberal como principio básico de ordenación económica como mandato de obligado cumplimiento, y por lo tanto una  vulneración de nuestro sistema constitucional y de la interpretación de la noción de pluralismo político como un valor superior del ordenamiento jurídico,  tal y como señala el artículo 1.1 de la CE. 

El objeto de la reforma propuesta por el Gobierno, con el apoyo del Partido Popular, tiene como consecuencia una modificación de los aspectos esenciales que definen la estructura y los fines y  la acción de los poderes públicos, y que supera la definición de España como estado social  del modo en el viene definido actualmente en el artículo  1.1 de la CE. Esta circunstancia invalida la adopción del procedimiento consignado en el artículo 167, en favor del procedimiento de reforma agravado contenido en el artículo 168 como mecanismo de reforma válido, al afectar al aspectos incluidos en el Título Preliminar, por lo que se hace necesaria la nulidad del procedimiento adoptado, y  la aprobación de la reforma, en su caso, mediante aprobación de 2/3 del Congreso y el Senado, la disolución de las cámaras, la convocatoria elecciones, la ratificación de la reforma propuesta  por parte del nuevo legislativo mediante la adopción de la misma mayoría, y la realización de un referéndum para su ratificación, en su caso, del modo en que se regula en el artículo mencionado.

Desde Izquierda Unida-Mérida consideramos que la relevancia de la reforma adoptada requiere de la participación y aceptación expresa del conjunto de los ciudadanos para que poder dotarse de la legitimada que requiere una iniciativa constitucional de esta naturaleza.

Si bien el procedimiento de reforma adoptado no parece el idóneo, a fecha de celebración de este pleno, la reforma se da prácticamente por concluida en su tramitación parlamentaria, lo que en ningún caso significa que no puedan corregirse algunas de las deficiencias del mismo a través de la convocatoria de un referéndum,  tal y como se recoge  en el art. 167 de la CE, en los términos que señala la Ley Orgánica 2/1980, de 18 de enero, sobre Regulación de las Distintas Modalidades de Referéndum.

Por todo ello, se propone la adopción del siguente:


ACUERDO

PRIMEROEl Excmo Ayuntamiento de Mérida insta a los grupos parlamentarios, con representación en el Congreso de los Diputados y del Senado a través de la mesas correspondientes de cada una de  las cámaras, a solicitar la convocatoria de un referéndum para la ratificación de la reforma del artículo 135 aprobada por el Congreso y el Senado, en los términos establecidos en el artículo 167.3 de la Constitución Española.

SEGUNDO:  El Excmo Ayuntamiento de Mérida insta a la Agrupación de Diputados, y a los Grupos Parlamentarios, con representación en la Asamblea de Extremadura,  a través de la mesa de la cámara, para que tramite idéntica solicitud que la descrita en el punto PRIMERO.

Fdo: Álvaro Vázquez Pinheiro.


Concejal del Grupo Mixto IU-Siex.
En Mérida, a 06 de septiembre de 2011

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