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Izquierda Unida-Mérida afirma que la terminación del plazo de solicitud de las subvenciones convocadas por el Ministerio de Economía y Hacienda en 2007 para el transporte colectivo urbano de pasajeros concluyó cuando Ángel Calle ya había tomado posesión como primer edil de la ciudad, ya que dicho plazo de solicitud comprende desde el 26 de marzo hasta su  conclusión el 30 de junio del mismo año, por lo que la explicación expuesta por la señora Moyano carece de fundamento.

Para IU-Mérida, las responsabilidades de los sucedido con respecto a la falta de tramitación de la subvención mencionada están repartidas entre el ex alcalde Pedro Acedo y el primer edil Ángel Calle, ya que el periodo de vigencia del plazo de solicitud de la convocatoria estuvo vigente en un perido de tiempo en el que tanto Pedro Acedo como Ángel Calle han ejercido como alcaldes de esta ciudad.

En este sentido, si bien es cierto que el tiempo de reacción de que dispuso el gobierno de Pedro Acedo fue superior que la del equipo de gobierno, recién nombrado por aquel entonces, no debemos olvidar que el procedimiento establecido para dicha solicitud incorpora un trámite de subsanación de errores, por lo que pese al agotamiento del plazo y la precipitación para la tramitación del trámite de solicitud, existía la posibilidad de realizar la solicitud, y más tarde, en el mencionado trámite de subsanación de errores haber aportado el conjunto de la documentación necesaria para cumplir todos los requisitos necesarios para finaldmente recibir la subvención en cuestión.

Debemos añadir, que en su calidad de concejales de la oposición, diversos representantes del grupo municipal del PSOE formaban parte de los órganos de dirección y gobierno de la EMT durante este periodo, por lo que la tramitación de estas ayudas no podría serle ajenas, dado el carácter periódico y la cuantía de las mismas.

De un modo u otro, debemos señalar que mientras los gobiernos cambian, una de las funciones elementales de la administración pública es la de darle continuidad al ejercicio de las funciones y competencias que tienen encomendadas los entes públicos, por lo que carece de justificación que pese al cambio del gobierno que se produjo en la ciudad en esas fechas, no se llevara a efecto la solicitud, ya que pese a que cambien los equipo de gobierno, la administración y sus funcionarios permanecen en el desempeño de sus funciones.

Por todo ello, consideramos que la respuesta del equipo de gobierno por parte de la señora Moyano carece de fundamento y no tiene otro objeto que el de desviar las responsabilidades que también le atañen al equipo de gobierno del que ella misma forma parte.

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