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 La sentencia dictada por el juzgado de lo social número 2 de Badajoz que declara la nulidad y la reincorporación en sus puestos de las trabajadoras despedidas indebidamente supondrá un desembolso a las arcas municipales de más de 28.000 euros.

Esta cuantía se establece, en primer lugar, en virtud del abono de los salarios de tramitación que deberá pagar la Empresa Municipal de Transporte al declararse nulo el despido, y tener que liquidar a favor de las afectadas las cantidades correspondientes a los salarios que han dejado de percibir desde el momento en el que fueron despedidas de forma irregular.

La obligación de pagar los salarios atrasados se deduce de la nulidad de los despidos efectuados, por lo que última instancia, la responsabilidad recae sobre aquellos que decidieron efectuar el despido de forma contraria a la legalidad sin tener en consideración la normativa vigente y los derechos legalmente reconocidos de las trabajadoras.

Así, el importe correspondiente a los salarios de tramitación de ambas trabajadoras (24.000€) se completa con la indemnización que deberá percibir una de las afectadas al considerarse probado que el despido vulneró derechos fundamentales de la misma, por lo que será indemnizada por daños morales en la cuantía de 4.000 euros.

Esta sentencia se suma a la inagotable sangría de resoluciones judiciales que han recaído en contra de los despidos efectuados hasta la fecha por el gobierno del Partido Popular en Mérida, de modo que a los casos de la EMT debemos sumarle, las indemnizaciones que tuvo que abonar el Ayuntamiento a los conserjes que desempeñaban sus funciones en los colegios, y a los agentes de desarrollo local que sufrieron el mismo tratamiento por parte del gobierno municipal.

La cadena de sentencias en contra de las política de despidos realizados por el gobierno del PP, pone de manifiesto la ausencia de solvencia y soberbia que preside este tipo de actuaciones hasta la fecha, así como una desconsideración absoluta hacia los derechos de los trabajadores municipales.

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