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Izquierda Unida-Mérida afirma que la propuesta de reducción de jornada y sueldo incluida en el Plan de Acompañamiento que presenta la delegación de personal del Ayuntamiento como alternativa a la realización de un ERE entre el personal laboral municipal vulnera la normativa vigente en materia de despidos en el seno de las administraciones públicas.

Según establece expresamente la disposición adicional tercera del RD1483/2012, de 29 de octubre, la adopción de medidas de modificación sustanciales de las condiciones de trabajo, como son la reducción salarial y de jornada “será de aplicación a las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de una o varias Administraciones Públicas y otros organismos públicos, siempre y cuando se financien mayoritariamente con ingresos obtenidos como contrapartida de operaciones realizadas en el mercado.”, unos requisitos que evidentemente no se producen con respecto al ERE tramitado por el Ayuntamiento de Mérida, al ser su naturaleza jurídica de la de una administración pública, y no la de una entidad de derecho público, u organismo público.

El contenido de esta disposición sitúan  las medidas de reducción de jornada y salario -de entre un 25% y 50%-, propuestas por la delegación de personal como medida alternativa para evitar los despidos del personal incluido en el Expediente de Regulación de Empleo, al margen de la legalidad, y por tanto cuestionan la legalidad del propio procedimiento de despido colectivo iniciado por el gobierno de Pedro Acedo, ya que la adopción de dicho plan de acompañamiento social se presenta como un elemento sustancial en el seno del propio procedimiento.

Según señala la mencionada normativo, los entes locales podrán únicamente realizar expedientes reguladores de empleo de carácter extintivo, sin que por tanto quepa la adopción de modificaciones en las condiciones de trabajo a través de un Expediente de Regulación de Empleo.

En estos términos, entendemos que la realidad de estas afirmaciones pone en entredicho la solvencia técnica del asesoramiento que recibe la delegación de personal para la tramitación administrativa y legal de este ERE, para el que no debemos olvidar, se han llegado a contratar los servicios de una empresa privada,  cuya solvencia profesional queda gravemente dañada.

Por todo ello, instamos a la delegación de personal a que retire el mencionado procedimiento al ser contrario a la legislación vigente, además de inútil, innecesario  e injusto.




Fdo: Izquierda Unida-Mérida.

En Mérida, a 01 de abril de 2013


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