Desde Izquierda Unida entendemos
que las condiciones que se han establecido para la adjudicación de este
servicio obedecen al dictado de los intereses de las empresa adjudicatarias,
como principales beneficiarias de los procesos de privatización de servicios
públicos, en contra de los derechos de los trabajadores y de los intereses
económicos del Ayuntamiento, como bien señala la resolución dictada por el
TACRC. .
El contenido de la resolución
dictada por el Tribunal Administrativo Centra de Recursos Contractuales que
anula la adjudicación del servicio de recogida de basura y limpieza a favor de
FCC, constata la suma de ventajas y privilegios que recae sobre las empresa
concesionarias de estos servicios, ya que se les permite recoger los beneficios
económicos de la prestación, sin asumir ninguno de los riesgos que supone su
gestión.
Según señala la resolución del
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, las condiciones y
requisitos que se han impuesto para la gestión privada del servicio supone que
mientras el Ayuntamiento debe asumir los perjuicios que pudieran derivarse del
resultado de la gestión del servicio, por su parte, la empresa adjudicataria ve
garantizados sus beneficios en todo caso, al margen del resultado de la gestión
que realice.
Así, el contrato no puede ser
calificado como de gestión de servicios públicos, ya que no cumple el requisito
de: “asunción por el contratista de la totalidad o de una parte significativa
de los riesgos vinculados a la explotación del servicio”, según señala el
propio Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas- que continúa
señalando expresamente que los “riesgos a los que el adjudicatario (en este
caso FCC) es absolutamente ajeno, visto
el régimen económico del contrato”.
De este modo, los beneficios de
la empresa se encuentran en todo momento garantizados, ya que según las
condiciones impuestas por el Partido Popular, la empresa siempre “percibirá un
precio fijo, con independencia de las concretas actuaciones que haya de
ejecutarse en función de la utilización del servicio por parte de los
ciudadanos.”
Más aún, el TACRC llega a señalar
que la documentación que señalas las condiciones de adjudicación y prestación
del servicio implican “la obligación del Ayuntamiento de Mérida de reestablecer
el equilibrio económico financiero (del servicio) en el caso de que se
modifiquen las condiciones de prestación de explotación”.
Finalmente la resolución confirma
que la ausencia de riesgos por parte de
la empresa ante la posibilidad de generación
de pérdidas en la gestión del servicio llega hasta el punto de su
absoluta “disipación”, ya que se llega a contemplar la extinción del contrato
en el caso de que la explotación del servicio no le resulte rentable a la
empresa en cuestión.
En conclusión, el régimen de
condiciones y requisitos establecido por el PP para la adjudicación de este servicio supone que las pérdidas deben
ser asumidas por el Ayuntamiento, mientras la empresa ve garantizados sus
beneficios al margen de los resultados de su gestión.
Fdo: Álvaro Vázquez Pinheiro.
Portavoz de IU-Mérida.
En
Mérida, a 09 de junio de 2014
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