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Desde Izquierda Unida entendemos que las condiciones que se han establecido para la adjudicación de este servicio obedecen al dictado de los intereses de las empresa adjudicatarias, como principales beneficiarias de los procesos de privatización de servicios públicos, en contra de los derechos de los trabajadores y de los intereses económicos del Ayuntamiento, como bien señala la resolución dictada por el TACRC. .   

El contenido de la resolución dictada por el Tribunal Administrativo Centra de Recursos Contractuales que anula la adjudicación del servicio de recogida de basura y limpieza a favor de FCC, constata la suma de ventajas y privilegios que recae sobre las empresa concesionarias de estos servicios, ya que se les permite recoger los beneficios económicos de la prestación, sin asumir ninguno de los riesgos que supone su gestión.

Según señala la resolución del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, las condiciones y requisitos que se han impuesto para la gestión privada del servicio supone que mientras el Ayuntamiento debe asumir los perjuicios que pudieran derivarse del resultado de la gestión del servicio, por su parte, la empresa adjudicataria ve garantizados sus beneficios en todo caso, al margen del resultado de la gestión que realice.  

Así, el contrato no puede ser calificado como de gestión de servicios públicos, ya que no cumple el requisito de: “asunción por el contratista de la totalidad o de una parte significativa de los riesgos vinculados a la explotación del servicio”, según señala el propio Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas- que continúa señalando expresamente que los “riesgos a los que el adjudicatario (en este caso FCC)  es absolutamente ajeno, visto el régimen económico del contrato”.

De este modo, los beneficios de la empresa se encuentran en todo momento garantizados, ya que según las condiciones impuestas por el Partido Popular, la empresa siempre “percibirá un precio fijo, con independencia de las concretas actuaciones que haya de ejecutarse en función de la utilización del servicio por parte de los ciudadanos.”

Más aún, el TACRC llega a señalar que la documentación que señalas las condiciones de adjudicación y prestación del servicio implican “la obligación del Ayuntamiento de Mérida de reestablecer el equilibrio económico financiero (del servicio) en el caso de que se modifiquen las condiciones de prestación de explotación”.

Finalmente la resolución confirma que la ausencia de riesgos por parte  de la empresa ante la posibilidad de generación  de pérdidas en la gestión del servicio llega hasta el punto de su absoluta “disipación”, ya que se llega a contemplar la extinción del contrato en el caso de que la explotación del servicio no le resulte rentable a la empresa en cuestión.

En conclusión, el régimen de condiciones y requisitos establecido por el PP para  la adjudicación de este servicio supone que las pérdidas deben ser asumidas por el Ayuntamiento, mientras la empresa ve garantizados sus beneficios al margen de los resultados de su gestión.

Fdo: Álvaro Vázquez Pinheiro.


Portavoz de IU-Mérida.
En Mérida, a 09 de junio de 2014


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